martes, 6 de diciembre de 2011

Desaucio expres

El llamado desahucio exprés existe desde 2009, año en que se redujo de dos meses a uno "el plazo que debe transcurrir entre el momento en el que el arrendador exige por requerimiento el pago de las deudas atrasadas y el momento en que puede presentar una demanda", tal y como recuerda el Observatori Desc.

Lo que está en vigor desde el lunes 31 de octubre es una nueva agilización del trámite de desahucio que "excluye un trámite más, una nueva medida que beneficia a la propiedad", tal y como declara a Diagonal Jaume Asens, abogado del Observatori.



A partir de ahora, con la demanda se pone en marcha un proceso por el que el secretario judicial dará diez días al inquilino para devolver la deuda, abandonar la vivienda o presentar unas alegaciones. Si en ese tiempo el inquilino no ha dado ninguno de esos tres pasos, el secretario podrá ordenar el desahucio sin que se haya tenido que celebrar el juicio. Sólo será necesaria una solicitud previa del propietario.


La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) también ha criticado la medida. Según la PAH, "El gobierno ha modificado sin pestañear la Ley de Enjuiciamiento Civil para desahuciar más rápido" a pesar de que previamente había afirmado que "es muy difícil modificar en los artículos que afectan al procedimiento de ejecución hipotecaria".

Este cambio en la Ley de Enjuiciamiento Civil forma parte de la Ley de Medidas de Agilización Procesal, que se aprobó en septiembre con el voto favorable de PSOE, CiU, Grupo Mixto y Entesa Catalana y la abstención del PP.
 Para que luego vengan a loarnos y a hacernos la pelota...  ellos solo quieren el dinero que le dan nuestros votos
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